Abogado laboral en CABA y GBAAccidentes de trabajo, reclamos a la ART y despidos
Si tuviste un accidente, la ART te rechazó el reclamo o te despidieron, en la primera consulta te decimos si tenés un caso y qué conviene hacer. La consulta es sin cargo y, si no cobrás, no pagás.
Estimación orientativa, no una promesa de resultado. Si trabajabas sin registrar o hubo agravantes, el monto puede ser distinto. Calculadora de despido completa.
“¡Recomendadísimo! Excelente asesoramiento, desde un primer momento Guillermo fue claro y me ayudó en mi problema con la ART.”
Mauro Fernando L., junio de 2026. Reseña publicada en Google
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“Me ayudaron con un despido sin causa y desde el primer momento fueron claros, honestos y muy profesionales. Pudimos cerrar un buen acuerdo sin juicio y siempre me sentí acompañado.”
Carlos B., mayo de 2025. Reseña publicada en Google
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“Me contacté con Guillermo que fue sumamente amable en despejar mis dudas y asesorarme en lo que me convenía hacer con respecto al problema que tenía.”
Micaela T., septiembre de 2026. Reseña publicada en Google
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“Un excelente profesional, acabamos de ganar una mediación por trabajo en negro, tiene mucho conocimiento sobre el tema y eso ayudó muchísimo en que todo se resuelva mucho más rápido.”
Hugo A., septiembre de 2026. Reseña publicada en Google
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“Siempre se tomaron el tiempo para explicarme todo con palabras simples, sin vueltas ni tecnicismos raros […] Además, estuve en contacto constante con él: pude llamarlo cada vez que lo necesité.”
Andres G., mayo de 2025. Reseña publicada en Google
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“El Dr. Guille desde el primer momento fue siempre empático, comprensivo y muy profesional. […] Siempre respondiendo dudas, muy claro. ¡No abandona!”
Cookie Nut, marzo de 2026. Reseña publicada en Google
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“Excelente profesional el Doctor Guillermo, organizado, metódico, muy abocado a ofrecer soluciones […] Yo estuve dando vueltas con varios y nadie me resolvió hasta que […] di con él.”
Lisbeth C., abril de 2026. Reseña publicada en Google
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“Acompañó de manera cercana mi proceso laboral de forma eficaz, llegando a una buena resolución.”
Natalia H., junio de 2026. Reseña publicada en Google
Actualizado el . Revisado por Guillermo Chaiman, abogado laboralista matriculado en el CPACF.
Qué hacemos
¿Qué hace un abogado laboral y cuándo conviene consultarlo?
Un abogado laboral defiende al trabajador frente al empleador y frente a la ART: revisa qué te corresponde, envía las intimaciones y te representa ante la comisión médica, el SECLO y la Justicia del Trabajo. Conviene consultarlo antes de firmar un acuerdo, aceptar un alta médica o contestar un telegrama, porque ahí se juega buena parte del reclamo.
En el Estudio Chaiman representamos solo a trabajadores. No asesoramos empresas ni ART, así que no tenemos intereses cruzados con la otra parte. Si después de escucharte vemos que el reclamo no tiene sustento, te lo decimos en la primera consulta.
Consultá cuanto antes si te pasa alguna de estas situaciones:
La ART rechazó tu accidente o tu enfermedad, o no te autoriza estudios y tratamientos.
Te dieron el alta y seguís con dolor, limitaciones o secuelas.
Te citaron a la comisión médica o te llegó un dictamen con un porcentaje de incapacidad que no te cierra.
Te despidieron, te mandaron un telegrama o te ofrecen firmar un acuerdo.
Trabajás sin registrar, con una fecha de ingreso falsa o cobrás parte del sueldo “en negro”.
Por un accidente de trabajo, la Ley 24.557 (art. 14) fija la fórmula 53 × sueldo mensual × porcentaje de incapacidad × 65 ÷ edad, con un piso mínimo que actualiza la SRT y un 20% adicional, salvo en accidentes in itinere. Por un despido sin causa corresponde un sueldo por año trabajado (art. 245 LCT), más el preaviso y la integración del mes.
Trabajamos cuatro tipos de reclamos: accidentes de trabajo y reclamos a la ART, enfermedades profesionales, despidos y trabajo no registrado. También intervenimos en acoso laboral, despidos durante una licencia médica y diferencias salariales.
Accidentes y ART
Accidente de trabajo y reclamos a la ART
La Ley de Riesgos del Trabajo 24.557 obliga a la ART a darte atención médica completa y a pagarte si el accidente te deja una incapacidad. Cubre el accidente en el lugar de trabajo y también el que ocurre en el camino entre tu casa y el trabajo (in itinere).
Los problemas más comunes son el rechazo del siniestro, el alta cuando todavía no estás recuperado y un porcentaje de incapacidad más bajo que el real. En esos casos reclamamos ante la comisión médica y, si hace falta, apelamos o vamos a juicio.
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“¡Recomendadísimo! Excelente asesoramiento, desde un primer momento Guillermo fue claro y me ayudó en mi problema con la ART.”
Mauro Fernando L., junio de 2026. Reseña publicada en Google
La que se produce o se agrava por las tareas: hernia de disco, túnel carpiano, hipoacusia, tendinitis, lumbalgia. Las que no figuran en el listado oficial también se pueden reclamar si se prueba que las causó el trabajo.
Te corresponde la indemnización por antigüedad (un mes de sueldo por año, art. 245 LCT), el preaviso y la integración del mes. En el despido indirecto, las mismas indemnizaciones (art. 246).
Si no figurás en el recibo, te registraron con una fecha posterior a la real, con una categoría más baja o cobrás parte del sueldo por fuera. Reclamamos la registración y lo que se te debe.
Tenés un caso cuando hay un derecho que no te pagaron o no te reconocieron: una incapacidad que la ART no indemnizó, un despido mal liquidado o un trabajo sin registrar. Contestá estas preguntas y te armamos el mensaje para que Guillermo lo lea por WhatsApp. Tus respuestas no se guardan en ningún lado.
Pregunta 1 de 4
Tu situación, en pocas palabras
Pasaron más de dos años: en general, los reclamos laborales prescriben a los dos años, pero ese plazo se cuenta de maneras distintas según el caso. Consultanos igual antes de descartarlo.
Este es el mensaje que le vas a mandar a Guillermo. Podés cambiarlo antes de enviarlo:
Si la ART rechazó el accidente o la enfermedad, podés pedir que la comisión médica determine si es laboral. Es un trámite obligatorio, se hace con abogado y los honorarios de esa etapa los paga la ART.
Si te dieron el alta y seguís con secuelas, podés pedir que la comisión médica evalúe si te quedó una incapacidad. Guardá los estudios y certificados que tengas.
Si ya estás en comisión médica o te llegó un dictamen, hay plazos cortos para apelar. Conviene que un abogado revise el porcentaje de incapacidad cuanto antes.
Si no hiciste la denuncia, todavía podés hacerla. Aunque trabajes sin registrar, la ART de tu empleador tiene que darte las prestaciones; si el empleador no tenía ART, responde él directamente (art. 28, Ley 24.557).
Con un despido sin causa te corresponden, en general, la indemnización por antigüedad, el preaviso y la integración del mes. Conviene revisar la liquidación antes de firmar.
Si te despidieron invocando una causa que no compartís, hay que contestar por telegrama y el empleador tiene que probar esa causa. Los plazos para responder son cortos.
Si te dejaron sin tareas o sin pago, podés intimar al empleador y, si no cumple, considerarte despedido. Es un paso delicado: conviene hacerlo con abogado.
Antes de firmar un acuerdo, conviene saber cuánto te corresponde por ley. Una vez homologado, es muy difícil reclamar la diferencia.
Si seguís trabajando sin registrar, se puede intimar al empleador para que te registre. Hay que hacerlo bien para no perder el trabajo sin cobrar lo que corresponde.
Si te echaron estando en negro, además de la indemnización por despido podés reclamar las diferencias por el tiempo no registrado.
Si renunciaste o dejaste de ir, igual puede haber diferencias para reclamar por el tiempo no registrado. Depende de cómo terminó la relación.
Si cobrás una parte del sueldo por fuera del recibo, podés reclamar que se registre el sueldo real, que además es la base para calcular tu indemnización.
Los sueldos y las horas extras impagas se pueden reclamar. Conviene reunir recibos, registros de horario y mensajes.
El acoso laboral se puede reclamar, pero se necesita prueba: mensajes, testigos, certificados médicos o psicológicos.
El empleador no puede cambiar condiciones esenciales del trabajo en tu perjuicio. Se puede intimar para que las restablezca.
Contanos la situación y te decimos si hay algo para reclamar.
Paso a paso
¿Cómo es el proceso de un reclamo laboral?
Depende del problema. Si fue un accidente o una enfermedad, el reclamo arranca en la comisión médica de la SRT, que tiene 60 días hábiles para expedirse, y después se puede apelar o ir a juicio. Si fue un despido, primero se intima por telegrama, en CABA se pasa por el SECLO y, si no hay acuerdo, se va a juicio.
Si tuviste un accidente o una enfermedad laboral
Denuncia a la ART
La hace el empleador o vos mismo. Te tienen que dar atención médica desde el primer día. Cómo hacer la denuncia.
Tratamiento y alta
Si te rechazan o te dan el alta antes de tiempo, no la aceptes sin consultar.
Comisión médica
Es obligatoria y se hace con abogado. Podés elegir la de tu domicilio o la de tu lugar de trabajo (Ley 27.348, art. 1). Los honorarios de esta etapa los paga la ART. Qué es la SRT.
Apelación o juicio
Si el dictamen no es justo, se puede ir a la Comisión Médica Central o a la Justicia del Trabajo. Cómo apelar.
Cobro
La ART paga la indemnización que corresponde según el porcentaje de incapacidad.
En un juicio, por ley, el pago se deposita en tu cuenta sueldo o a la orden del juzgado (art. 277 LCT).
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“En el caso mío, que fue laboral, el abogado Chaiman lo sacó adelante mediante mediaciones, en un lapso súper rápido. Conforme con su servicio y todo el tiempo comunicando alguna novedad del avance.”
Eliana A., octubre de 2025. Reseña publicada en Google
Honorarios
¿Cuánto cobra un abogado laboral?
En el Estudio Chaiman no pagás nada por adelantado: la consulta es sin cargo y los honorarios se cobran al final, solo si cobrás. Ante la comisión médica, la ley pone los honorarios del abogado a cargo de la ART, y en un juicio el pacto de cuota litis tiene un tope del 20% del monto (art. 277 LCT).
Comisión médica
Los honorarios por el patrocinio ante las comisiones médicas los paga la ART, no vos (Ley 27.348, art. 1).
Juicio
Si se pacta un porcentaje del resultado (cuota litis), no puede superar el 20% y lo tiene que ratificar el trabajador y homologar el juez (art. 277 LCT).
Si no se gana
No nos pagás honorarios. Además, la ley te da el beneficio de gratuidad y tu vivienda no puede usarse para pagar costas (art. 20 LCT).
Atendemos trabajadores de toda la Ciudad de Buenos Aires y del Gran Buenos Aires. La primera consulta puede ser por WhatsApp o por teléfono, sin viajar, y las reuniones presenciales son en Av. Leopoldo Marechal 1344, cerca de Parque Centenario. Para la comisión médica podés elegir la de tu domicilio o la de tu trabajo.
Dirige el Estudio Chaiman desde 2010. Su trabajo se concentra en reclamos a las ART ante las comisiones médicas y en juicios laborales, tanto en la Ciudad como en el Gran Buenos Aires. Es quien lee y contesta las consultas de WhatsApp. Conocé más sobre el estudio y cómo trabajamos.
Te lo explicamos en palabras simples
Sin tecnicismos: sabés en qué etapa está tu reclamo y qué va a pasar después.
Hablás con un abogado
Las consultas las atiende Guillermo Chaiman, no un gestor ni un call center.
Te avisamos de cada avance
No tenés que perseguirnos para saber cómo va tu caso.
Acuerdo cuando conviene, juicio cuando hace falta
Muchos reclamos se resuelven en una mediación. Si la oferta no es justa, seguimos hasta el juicio.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje cobra un abogado laboral?
Depende de la etapa. Ante la comisión médica, los honorarios del abogado los paga la ART (Ley 27.348, art. 1). En un juicio laboral, si se pacta un porcentaje del resultado, la ley fija un tope del 20% y exige que el juez lo homologue (art. 277 LCT). En el Estudio Chaiman, si no cobrás, no pagás.
¿Hay abogados laborales gratis en CABA?
Sí. El programa Asistir del Gobierno nacional asesora gratis a trabajadores del sector privado que trabajan en CABA y puede patrocinarlos en instancias administrativas como el SECLO o la SRT. La Ciudad también ofrece asesoramiento jurídico laboral gratuito. Un estudio privado, en cambio, te acompaña también en el juicio. En nuestro caso, la primera consulta es sin cargo.
¿Qué pasa si pierdo el juicio?
No nos pagás honorarios: cobramos solo si vos cobrás. Además, la Ley de Contrato de Trabajo le da al trabajador el beneficio de gratuidad en los trámites judiciales y administrativos, y establece que su vivienda no puede usarse para pagar costas (art. 20 LCT). Antes de iniciar, te decimos con franqueza qué chances vemos.
¿Necesito abogado para ir a la comisión médica?
Sí. La Ley 27.348 establece que el trabajador tiene que presentarse ante la comisión médica con patrocinio letrado, es decir, con un abogado. Esos honorarios están a cargo de la ART. El abogado revisa los estudios, pide las pruebas y controla que el porcentaje de incapacidad sea el correcto.
¿Cuánto tarda un reclamo laboral?
La comisión médica tiene 60 días hábiles para expedirse desde que la presentación está completa, aunque ese plazo se puede prorrogar (Ley 27.348, art. 3). Un despido puede resolverse en el SECLO o terminar en juicio, que lleva más tiempo. Cuando vemos tu caso te damos una estimación realista.
¿Qué necesito para iniciar el reclamo?
Tu DNI y lo que tengas a mano: recibos de sueldo, telegramas o cartas documento, la denuncia a la ART, estudios médicos, certificados y mensajes con el empleador. Si te falta algo, no importa: lo vemos en la consulta y te decimos qué conseguir. Cuanto antes tengamos la documentación, antes se puede presentar.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
En general, dos años. Los créditos laborales prescriben a los dos años (art. 256 LCT) y las acciones contra la ART también, contados desde que debió pagarse la prestación y, en todo caso, desde el fin de la relación laboral (art. 44 Ley 24.557). Si pasó más tiempo, consultá igual.
¿Cómo elijo un abogado laboralista?
Fijate que represente solo a trabajadores, que su matrícula se pueda verificar en el Colegio Público de la Abogacía, que tenga opiniones reales de clientes y que te explique los honorarios antes de empezar. Desconfiá de quien te promete un monto sin haber visto tu documentación.
¿Puedo hacer la consulta por WhatsApp sin viajar?
Sí. La mayoría de las consultas empiezan por WhatsApp o por teléfono, de lunes a viernes de 7 a 19, y te respondemos el mismo día. Las atiende Guillermo Chaiman. Si hace falta una reunión presencial, es en Av. Leopoldo Marechal 1344, CABA.
Contanos qué te pasó
La primera consulta es sin cargo. Te decimos si tenés un reclamo y cuáles son los próximos pasos.
La información de esta página es general y no reemplaza una consulta con un abogado sobre tu caso concreto. Los resultados de cada caso dependen de sus circunstancias particulares.