Apelación a la Comisión Médica Central: cómo revertir un dictamen ART desfavorable
La Comisión Médica jurisdiccional te dio un dictamen desfavorable: te rechazaron el accidente o te dieron un porcentaje muy bajo de incapacidad. No es el final del camino. Tenés 5 días hábiles para apelar a la Comisión Médica Central, una segunda instancia que revisa casos y modifica dictámenes injustos en muchísimas ocasiones.
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¿Qué es la Comisión Médica Central?
Es el organismo de la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo) que revisa los dictámenes emitidos por las Comisiones Médicas jurisdiccionales. Es la última instancia administrativa antes de la vía judicial.
La Central está compuesta por médicos de mayor jerarquía y experiencia que pueden:
- Confirmar el dictamen original.
- Modificar el porcentaje de incapacidad (subir o bajar).
- Reconocer la laboralidad de un cuadro previamente rechazado.
- Ordenar nuevos estudios o pericias.
- Devolver el caso a la jurisdiccional con instrucciones.
Cuándo conviene apelar (y cuándo no)
SÍ conviene apelar si:
- Tu pericia médica de parte difiere significativamente del dictamen.
- Tenés estudios complementarios (RMN, EMG nuevos) no considerados.
- Hay errores formales en el dictamen.
- El % asignado es claramente bajo para tu cuadro clínico.
- Rechazaron la laboralidad sin fundamento médico sólido.
- Las secuelas funcionales no fueron evaluadas correctamente.
NO conviene apelar si:
- El dictamen es ajustado a tu cuadro real.
- No tenés elementos nuevos que aportar.
- La ART ofreció un acuerdo razonable y la espera te perjudica.
- Tu pericia de parte coincide con el dictamen.
Plazos y procedimiento (paso a paso)
Plazo: 5 días hábiles
Contados desde la notificación del dictamen jurisdiccional. Es perentorio: si lo dejás vencer, perdés la vía administrativa.
Paso 1: Presentación del recurso
Se presenta ante la misma Comisión Médica que emitió el dictamen. Debe contener:
- Datos del expediente.
- Fundamentos médicos de la apelación.
- Fundamentos jurídicos.
- Documentación complementaria (estudios nuevos, peritajes).
- Pedidos concretos (qué se pide que se modifique).
Paso 2: Elevación a Central
La Comisión jurisdiccional eleva el expediente a Central. Plazo aproximado: 30-60 días.
Paso 3: Análisis en Central
Médicos de Central revisan el expediente. Pueden:
- Resolver directamente con la documentación obrante.
- Citar a nueva pericia.
- Pedir estudios complementarios.
Paso 4: Dictamen de Central
Plazo total estimado: 4 a 8 meses desde la presentación del recurso.
Estrategia para ganar una apelación
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1. Pericia médica de parte sólida
El médico de parte debe revisar el dictamen jurisdiccional y elaborar un informe pericial que rebata punto por punto las conclusiones erróneas. Es la prueba decisiva.
2. Estudios complementarios
Si la jurisdiccional no consideró ciertos estudios o si surgen nuevos hallazgos, agregalos. RMN con contraste, EMG, evaluaciones especializadas.
3. Fundamentación jurídica
El recurso debe estar bien fundado en:
- Normativa aplicable (Ley 24.557, Decreto 658/96, baremo).
- Jurisprudencia favorable.
- Criterios médico-legales reconocidos.
4. Errores formales del dictamen jurisdiccional
Si el dictamen tiene errores procedimentales (falta de fundamentación, omisión de estudios, incongruencias), señalarlos refuerza el recurso.
Casos del estudio (apelaciones ganadas)
| Caso original | Apelación | Diferencia cobrada |
|---|---|---|
| Hernia lumbar: jurisdiccional dio 12% | Central elevó a 28% | + $ 9.500.000 |
| Tendinitis hombro: rechazaron laboralidad | Central reconoció 16% | $ 6.800.000 (donde había $0) |
| Burnout: rechazaron en jurisdiccional | Central reconoció 22% | $ 12.000.000 |
| Hipoacusia: jurisdiccional dio 8% | Central elevó a 18% | + $ 5.200.000 |
| Lumbalgia crónica: 5% | Central 15% | + $ 4.500.000 |
Si perdés en Central: la vía judicial
Una vez agotada la instancia administrativa, podés iniciar demanda en el fuero laboral:
- Plazo: 2 años desde la notificación del dictamen firme.
- Pericia médica judicial: imparcial, designada por el juez.
- Mayor margen de prueba: testimoniales, documentales, presunciones.
- Posibilidad de acción civil: si hay culpa del empleador.
Estadísticas: cerca del 70% de los casos que llegan a juicio mejoran el resultado obtenido en sede administrativa. Si Central también rechaza, no des por perdido el caso.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para apelar a la Comisión Médica Central?
5 días hábiles desde la notificación del dictamen jurisdiccional. Es un plazo perentorio: si lo dejás vencer, perdés la posibilidad de revisión administrativa y solo te queda la vía judicial.
¿La apelación a Central frena el cobro de la indemnización?
Sí. Mientras esté pendiente la apelación, el dictamen no es firme y la ART no paga. Por eso conviene apelar solo cuando hay chances reales de mejorar el resultado.
¿Qué porcentaje de apelaciones se ganan?
Según datos del estudio: aproximadamente el 35-40% de las apelaciones bien planteadas modifican el dictamen original (suba de % o reconocimiento donde se había rechazado). Las apelaciones débiles bajan al 15%.
¿Necesito abogado para apelar?
Es altamente recomendable. La apelación tiene formalidades técnicas, requiere fundamentación médica y legal sólida, y los plazos son cortos. Sin abogado, las chances bajan significativamente.
Si pierdo en Central, ¿puedo ir a juicio?
Sí. Una vez agotada la vía administrativa (Central), se abre la vía judicial laboral. Tenés 2 años desde la notificación del dictamen firme para iniciar demanda.
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