Si te llegó una citación del SECLO, no es un juicio: es una conciliación obligatoria previa para intentar resolver el conflicto antes de demandar. Acá te explicamos cómo funciona, qué llevar y qué pasa si no te presentás.
¿Te citaron al SECLO y no sabés que hacer?
Respuesta rápida
El SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) es una instancia administrativa obligatoria previa al inicio de una demanda judicial laboral. Es gratuito para el trabajador y actualmente los trámites se realizan de forma virtual. Si hay acuerdo, el SECLO revisa lo actuado y puede homologar el acuerdo; si no hay acuerdo, queda habilitada la instancia judicial.
¿Qué es el SECLO y cuándo se usa?
El SECLO es el servicio creado por la Ley 24.635 para tramitar una conciliación obligatoria previa en reclamos laborales.
Suele usarse en reclamos como:
- despido / indemnización
- diferencias salariales
- horas extras
- falta de registración
- sanciones y descuentos indebidos
Ojo con el alcance: el SECLO tramita reclamos de competencia de la Justicia Nacional del Trabajo (casos vinculados a CABA / domicilio fiscal en CABA, según la descripción oficial).
¿Me citaron al SECLO: qué hago?
Paso 1 — Confirmá la citación y guardá todo
Guardá el mail/notificación, fecha y horario. Si tenés número de expediente, mejor.
Paso 2 — Reuní documentación (lo básico)
- DNI
- recibos de sueldo (si tenés)
- telegramas / cartas documento (si hubo)
- pruebas: mensajes, mails, testigos, planillas, etc.
- si hay tema médico: certificados/estudios
Paso 3 — Definí tu objetivo (antes de la audiencia)
- ¿Querés reincorporación?
- ¿Querés cerrar con un acuerdo?
- ¿Querés ir a juicio si no hay propuesta razonable?
Si te llegó citación o querés iniciar reclamo, mandanos un mensaje y lo revisamos con vos.
¿Qué pasa en la audiencia SECLO?
En SECLO hay una “mesa” formal de negociación con un conciliador. La finalidad es intentar un acuerdo antes de juicio. Si hay acuerdo, el SECLO evalúa y puede emitir una resolución (homologación).
¿Qué pasa si hay acuerdo? Homologación
El SECLO también interviene para revisar y homologar acuerdos (incluidos acuerdos espontáneos), verificando que cumplan requisitos legales.
¿Y si no hay acuerdo?
Si no se arriba a un acuerdo, queda habilitada la vía judicial (demanda/juicio).
Preguntas frecuentes sobre el SECLO
La inasistencia injustificada puede generar sanciones y retrasar el trámite.
El proceso suele resolverse en un máximo de 45 días.
Sí, el trabajador debe estar asistido por un abogado laboral.
Se emite un acta de cierre y el reclamo continúa en sede judicial.
En muchos casos sí: la conciliación o instancia previa es requisito procesal antes de iniciar la demanda.
No. Es una conciliación obligatoria previa.
Sí, el procedimiento es gratuito para el trabajador (ley) y también se indica como gratuito en la info oficial.
Conclusión: qué hacer ahora
Si te citaron al SECLO, lo ideal es llegar con pruebas y estrategia: qué querés reclamar y cuál es un acuerdo razonable. Si querés, analizamos tu caso y te guiamos con el paso a paso.
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Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal. Cada caso requiere análisis profesional según hechos y documentación.



