El preaviso es el aviso anticipado que una parte le tiene que dar a la otra antes de terminar la relación laboral. Si el empleador te despide sin darlo, te lo tiene que pagar. Te explicamos cuánto es según tu antigüedad, qué cambió con la reforma laboral de 2026 y qué hacer si no te lo pagaron.
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Cuánto es el preaviso según tu antigüedad
| Situación | Preaviso |
|---|---|
| Período de prueba (los primeros 6 meses) | No corresponde, desde la Ley 27.802 |
| Despido con hasta 5 años de antigüedad | 1 mes |
| Despido con más de 5 años de antigüedad | 2 meses |
| Renuncia del trabajador | 15 días |
Los plazos corren desde el día siguiente a la notificación del preaviso (LCT, arts. 231 y 233).
Qué pasa si te despiden sin preaviso
El empleador te tiene que pagar la indemnización sustitutiva del preaviso: el sueldo que hubieras cobrado durante ese mes o esos dos meses (art. 232). Se suma a la indemnización por despido sin causa.
Además, si te despidieron sin preaviso y no fue el último día del mes, corresponde la integración del mes de despido: los días que faltaban para terminarlo (art. 233).
Si estabas en período de prueba
Desde la reforma laboral de 2026, durante el período de prueba de 6 meses el empleador puede terminar la relación sin preaviso y sin indemnización. Antes correspondían 15 días; ya no. Igual te tienen que pagar los días trabajados, el aguinaldo y las vacaciones proporcionales.
Las 2 horas diarias durante el preaviso
Mientras corre el preaviso que te dio el empleador, tenés derecho a 2 horas libres por día, sin descuento, para buscar otro trabajo. Podés elegir las primeras o las últimas horas de la jornada, o juntarlas en uno o más días completos (LCT, art. 236).
Si sos vos el que renuncia
Tenés que dar 15 días de preaviso. Si no lo das, el empleador podría reclamarte esos días y a veces los descuenta de la liquidación final. Te explicamos cómo hacerlo en telegrama de renuncia.
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Última actualización: octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
Un mes si tenías hasta 5 años de antigüedad y dos meses si tenías más (LCT, art. 231). Durante el período de prueba, que es de 6 meses, no corresponde preaviso desde la Ley 27.802.
El empleador te tiene que pagar la indemnización sustitutiva: el sueldo del período de preaviso que no te dio (art. 232). Si el despido no fue el último día del mes, también la integración de los días que faltaban (art. 233).
15 días (LCT, art. 231). Si no lo das, el empleador podría reclamarte esos días.
Sí. Mientras corre el preaviso que te dio el empleador, tenés derecho a 2 horas libres por día para buscar trabajo, sin descuento. Podés juntarlas en jornadas completas (LCT, art. 236).
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