Pasaste por la comisión médica, te dieron un porcentaje de incapacidad y ahora la pregunta es una sola: ¿cuándo me paga la ART? La ley fija un plazo concreto. En esta nota te explicamos cuánto es, desde cuándo se cuenta, cómo te pagan y qué hacer si la ART se demora.
Respuesta rápida
La ART tiene 15 días para pagarte desde que le notifican el dictamen de la comisión médica o la homologación del acuerdo. En ese plazo tiene que informarte por escrito cuánto te corresponde por cada concepto y poner el dinero a tu disposición. Si no paga, la deuda genera intereses y podés denunciarla ante la SRT.
El plazo legal: 15 días desde la notificación
Dos normas marcan el plazo:
- Ley 26.773, artículo 4: dentro de los 15 días de notificada la homologación o la determinación de la incapacidad, la ART debe informarte por escrito los importes que te corresponden, detallando cada concepto por separado, y dejarlos a tu disposición para el cobro.
- Resolución SRT 104/1998, artículo 2: las indemnizaciones de pago único se pagan dentro de los 15 días contados desde que la ART fue notificada de la homologación o del dictamen.
El plazo empieza a correr cuando la ART recibe la notificación, no cuando vos salís de la audiencia. Por eso conviene guardar la constancia del dictamen o del acuerdo con su fecha: es la referencia para saber si la ART está en término.
Antes de firmar nada, compará lo que te ofrecen con la fórmula legal en la calculadora de indemnización ART. Es gratuita y no pide datos personales.
La línea de tiempo completa, del alta al cobro
Para entender cuánto falta, sirve ver todo el recorrido. Estos son los plazos que fija la normativa para el trámite ante la comisión médica:
| Etapa | Plazo | Norma |
|---|---|---|
| La ART inicia el trámite de determinación de incapacidad | 10 días desde el alta con secuelas | Res. SRT 298/2017 |
| Si la ART no lo inicia, podés iniciarlo vos | Desde el día 20 posterior al alta | Res. SRT 298/2017 |
| La comisión médica emite el dictamen | 60 días hábiles administrativos | Ley 27.348, art. 3 |
| Acuerdo y homologación, o dictamen notificado | Según la agenda de cada comisión | Ley 27.348 |
| La ART paga la indemnización | 15 días desde que la notifican | Ley 26.773, art. 4 y Res. SRT 104/1998 |
En la práctica, los tiempos de agenda de cada comisión médica varían. Lo que no varía es el plazo de pago: una vez notificada, la ART tiene 15 días.
Si estás de acuerdo con el porcentaje: acuerdo y homologación
Si aceptás el porcentaje de incapacidad que determinó la comisión médica, se firma un acuerdo que después se homologa. Desde que la ART queda notificada de esa homologación corren los 15 días para pagar.
Ojo con esto: el acuerdo homologado cierra la discusión. Si después pensás que el porcentaje era bajo, ya no lo vas a poder pelear. Por eso, antes de firmar, conviene que un abogado revise si el porcentaje refleja de verdad tus secuelas y si la cuenta está bien hecha. Si tenés dudas sobre el porcentaje, mirá la tabla de incapacidad ART 2026.
Si no estás de acuerdo: apelación o juicio
Si el porcentaje te parece bajo, podés apelar el dictamen o ir a la vía judicial. En ese caso el pago de lo que está en discusión se demora hasta que se resuelva. Es una decisión que tiene que evaluarse caso por caso: a veces esperar unos meses más significa cobrar bastante más, y a veces no conviene.
Si el reclamo termina en juicio, el pago ya no depende de los 15 días administrativos: depende de que la sentencia quede firme y de la liquidación que aprueba el juzgado. Los tiempos los marca cada tribunal. Te contamos cómo es ese camino en reclamo a la ART paso a paso.
Antes de firmar, hacé que un especialista revise el porcentaje y el monto. La consulta es gratis. Consultar por WhatsApp →
Cómo te paga la ART
- Te tiene que informar por escrito cuánto te corresponde, con cada concepto por separado (indemnización, adicional, intereses si corresponden).
- Pone el dinero a tu disposición, normalmente por transferencia a una cuenta bancaria a tu nombre. Tené a mano tu CBU y verificá que los datos estén bien, porque un dato erróneo es una excusa típica para demorar.
- Revisá la liquidación antes de dar por cerrado el tema: que el ingreso base, el porcentaje, el coeficiente de edad y el piso mínimo estén aplicados. Si algo no cierra, se reclama.
Qué pasa si la ART no paga en término
Si pasan los 15 días y la plata no aparece, no hace falta esperar con los brazos cruzados:
- La deuda genera intereses. La Ley de Riesgos del Trabajo prevé intereses por mora a la tasa activa del Banco Nación.
- Denunciá la demora ante la SRT. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo controla a las ART y las multa cuando pagan tarde las prestaciones.
- Intimá a la ART por carta documento, dejando constancia de la fecha de la notificación y del vencimiento del plazo.
- Si sigue sin pagar, se reclama judicialmente el monto con sus intereses.
El dictamen, el acuerdo, la constancia de homologación y cualquier comunicación de la ART. Con esas fechas se prueba la demora y se calculan los intereses.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda la ART en pagar después de la comisión médica?
Tiene 15 días desde que le notifican el dictamen o el acuerdo homologado. En ese plazo debe informarte por escrito cuánto te corresponde y poner el dinero a tu disposición.
¿Los 15 días son hábiles o corridos?
La norma habla de 15 días contados desde la notificación a la ART. Como pueden surgir diferencias según la jurisdicción, lo práctico es anotar la fecha del dictamen o de la homologación y reclamar apenas pase ese plazo sin que te paguen.
¿Qué pasa si la ART no me paga a tiempo?
La deuda genera intereses y la demora puede denunciarse ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que sanciona a las ART que pagan tarde. También se la puede intimar por carta documento y, si sigue sin pagar, reclamar judicialmente.
¿Conviene firmar el acuerdo en la comisión médica para cobrar más rápido?
Firmar acelera el cobro, pero el acuerdo homologado cierra la discusión sobre el porcentaje de incapacidad. Si creés que te dieron menos de lo que corresponde, consultá antes de firmar.
¿Y si el reclamo termina en juicio?
En ese caso el pago depende de que la sentencia quede firme y de la liquidación que aprueba el juzgado. Los tiempos los marca cada tribunal y suelen ser más largos que en la comisión médica.
La ART suele ofrecer por debajo. Compará su oferta contra la fórmula legal.
15 años de experiencia · 5,0★ en Google
Consulta gratis. No pagás hasta ganar. Somos abogados especialistas en ART en CABA y todo el GBA.

