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Personal de seguridad privada: accidentes laborales y derechos ART 2026

Actualizado a julio 2026 · Por el equipo del Estudio Chaiman · Abogados laborales con 15 años de experiencia

El trabajo en seguridad privada (vigiladores, custodios, oficiales de seguridad, personal de control de acceso) tiene riesgos específicos: asaltos, agresiones físicas, estrés crónico, jornadas extensas, condiciones de trabajo desfavorables. La ART está obligada a cubrir todo eso. Esta guía explica tus derechos y cómo reclamarlos.

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Marco legal del sector

Aplicable:

  • Ley 26.370: regula la actividad de seguridad privada a nivel nacional.
  • Ley 1.913 CABA: regula CABA específicamente.
  • Convenio colectivo 507/07: condiciones laborales del sector.
  • Decreto 911/96: para sectores especiales.

Riesgos laborales del sector seguridad

1. Riesgos por violencia

  • Asaltos a mano armada: bancos, comercios, transporte de caudales.
  • Agresiones físicas: en eventos, controles de acceso, fronteras de obra.
  • Disparos: en custodios armados.
  • Toma de rehenes: en eventos especiales.

2. Riesgos físicos por jornada

  • Várices y problemas circulatorios: por estar parado muchas horas.
  • Lumbalgia: por postura mantenida.
  • Trastornos del sueño: por turnos rotativos.
  • Hipertensión y diabetes: asociados al estrés crónico.

3. Riesgos psicológicos

  • Estrés post-traumático (TEPT): especialmente tras asaltos.
  • Trastornos del estado de ánimo: depresión, ansiedad.
  • Burnout: por jornadas extensas y bajo reconocimiento.
  • Hipervigilancia crónica: efecto del oficio en la vida personal.

Tratamiento del TEPT post-asalto

Si fuiste víctima de un asalto trabajando, tenés derecho a:

  1. Tratamiento psicológico/psiquiátrico inmediato: la ART debe cubrirlo desde el día 1.
  2. Licencia médica: con cobro de sueldo (ILT) durante recuperación.
  3. Pericia psicológica: para cuantificar secuelas.
  4. Indemnización por incapacidad psicológica: % según severidad del TEPT.
  5. Cobertura médica de las lesiones físicas: si las hubo.

Qué situaciones vemos en seguridad privada

Asaltos con secuelas de estrés postraumático (a veces con arma de por medio), lesiones físicas por agresiones, lumbalgia y várices por estar de pie o sentado muchas horas, horas extra no pagadas, y trabajo en negro. El monto depende de tu salario, antigüedad y el porcentaje de incapacidad si corresponde.

Si pasaste por un asalto

El tratamiento debe empezar YA. Aunque te sientas ‘bien’, el TEPT aparece semanas o meses después. La ART tiene que cubrirlo. Consultá gratis. Consultar por WhatsApp →

Empresas que cierran: responsabilidad solidaria

Las empresas de seguridad privada tienen alta tasa de cierre y vaciamiento. Para protegerte:

  • Reclamá también al cliente: el comercio, banco, edificio o empresa donde prestás servicio responde solidariamente.
  • Documentá todo: dónde trabajabas, qué tareas hacías, quién supervisaba.
  • Si la empresa se vacía mientras reclamás: la solidaridad se activa.

Horas extras: el gran reclamo del sector

Las jornadas extensas son la norma: 12×12, 24×48, 12 horas diarias en algunos puestos. Si:

  • Superás las 200 horas mensuales sin pago de extras.
  • Trabajás feriados y domingos sin recargo.
  • Te descuentan tiempo de descanso que en realidad trabajaste.

Hay reclamo por horas extras retroactivas (hasta 2 años). En casos del estudio suma entre $2.500.000 y $7.000.000 adicionales.

Qué hacer ante un asalto u agresión

  1. Reportá inmediatamente: a la empresa y a la policía.
  2. Atención médica: aunque te sientas físicamente bien.
  3. Tratamiento psicológico desde el día 1: no esperes a «sentirte mal».
  4. Documentación: parte policial, certificado médico, comunicaciones con la empresa.
  5. Testigos: compañeros, clientes, cámaras de seguridad del lugar.
  6. Consultá abogado en menos de 7 días: para evaluar todas las vías.
⚠️ Si la empresa minimiza tu situación

Frases como ‘no fue para tanto’, ‘aguantá’, ‘no faltes’ son señales de alerta. Documentá esos mensajes. Pueden ser usados como prueba de incumplimiento del deber de cuidado del empleador.

Preguntas frecuentes

Si me lastimaron durante un asalto, ¿la ART cubre todo?

Sí. Cobertura integral: atención médica inmediata, cirugías si las requirieras, rehabilitación, tratamiento psicológico por estrés post-traumático y indemnización si quedan secuelas físicas o psicológicas permanentes.

¿El estrés post-traumático por asalto es indemnizable?

Sí. El TEPT laboral está reconocido en jurisprudencia argentina. Es una de las patologías con más alto porcentaje de incapacidad en este sector (15%-45% según severidad).

Trabajo 12×12 o 24×48, ¿es legal?

El convenio admite jornadas extensas en seguridad, pero hay límites. Si superás 200 horas mensuales, hay derecho a horas extras adicionales. Es uno de los reclamos más frecuentes del sector.

Si la empresa de seguridad se vacía, ¿igual cobro?

Sí. Hay responsabilidad solidaria de la empresa contratante (el cliente que contrata el servicio). Esto es clave en el sector porque las empresas de seguridad cierran con frecuencia.

¿Tengo derecho a chaleco antibalas si soy custodio armado?

Sí, es obligación del empleador proveerlo. Si no lo provee y te lastiman, configura culpa grave que abre acción civil además de la ART.

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