No todos saben que un accidente sufrido en el trayecto al trabajo o al volver a casa puede estar cubierto por la ART. Saber cuándo corresponde esa cobertura y qué pasa si la aseguradora lo rechaza puede hacer una diferencia importante en el reclamo.
Si te accidentaste mientras ibas al trabajo o volvías a tu casa, es posible que no se trate de un hecho ajeno al vínculo laboral.
En muchos casos, ese tipo de siniestro puede considerarse un accidente in itinere, y eso significa que la ART podría tener que intervenir con cobertura y prestaciones. La Ley 24.557 considera accidente de trabajo al hecho ocurrido en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre que no se haya interrumpido o alterado el recorrido por causas ajenas al trabajo.
¿Tuviste un accidente yendo o volviendo del trabajo?
En Estudio Chaiman asesoramos a trabajadores de CABA y GBA en reclamos por ART, accidentes laborales, rechazo de cobertura, altas médicas prematuras e incapacidad mal evaluada.
Respuesta rápida
Un accidente in itinere puede estar cubierto por la ART si ocurrió:
- en el trayecto entre tu domicilio y el trabajo, o viceversa;
- sin interrupciones o desvíos ajenos al trabajo;
- mientras te trasladabas para empezar o terminar tu jornada. La cobertura está contemplada por la Ley de Riesgos del Trabajo y tiene los mismos efectos legales que un accidente ocurrido en el lugar de trabajo.
El problema suele aparecer cuando la ART rechaza el caso por discutir el trayecto, el horario, el motivo del desvío o la forma en que ocurrió el hecho.
Qué es un accidente in itinere
En Argentina, el sistema de riesgos del trabajo considera accidente de trabajo no solo al que ocurre en el lugar de trabajo o en ocasión del trabajo, sino también al que sucede en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre que no haya interrupciones o alteraciones por causas ajenas al trabajo. Eso está expresamente previsto en la Ley 24.557.
Dicho de una manera más simple:
si te accidentaste yendo a trabajar o volviendo a tu casa, el caso puede quedar dentro de la cobertura ART.
Cuándo lo cubre la ART
La ART debe cubrir el accidente in itinere cuando el hecho encaja dentro de ese trayecto protegido por la ley. La propia SRT explica que el trabajador en relación de dependencia que sufre un accidente in itinere está cubierto por la Ley de Riesgos del Trabajo y que tiene los mismos efectos legales que un accidente producido en el lugar de trabajo.
Eso significa que, en principio, puede corresponder:
- atención médica;
- estudios y tratamiento;
- rehabilitación;
- prestaciones dinerarias, según el caso;
- evaluación de secuelas o incapacidad, si las hubiera.
Qué puede hacer que la ART lo rechace
En la práctica, muchas veces el conflicto no está en el accidente en sí, sino en la forma en que la ART interpreta el trayecto.
Las objeciones más comunes suelen ser estas:
- que hubo un desvío;
- que existió una interrupción del trayecto;
- que el horario no coincide con la jornada;
- que el hecho no ocurrió realmente en el recorrido habitual;
- o que el accidente no tuvo relación con el traslado laboral.
La ley es clara al decir que la cobertura se mantiene siempre que el trabajador no haya interrumpido o alterado el trayecto por causas ajenas al trabajo.
Qué pasa si hubo un desvío o una interrupción
Este es uno de los puntos que más dudas genera.
Si hubo una alteración del recorrido por una causa totalmente ajena al trabajo, la ART puede intentar rechazar el caso. Pero no toda diferencia en el trayecto implica automáticamente perder la cobertura. Por eso, antes de asumir que el rechazo es correcto, conviene revisar bien:
- dónde ocurrió el accidente;
- a qué hora fue;
- cuál era el recorrido;
- si hubo una causa razonable del desplazamiento;
- y qué pruebas existen.
Estudio Chaiman | Abogados laborales en CABA y GBA
Estudio jurídico laboral en CABA y GBA para despidos, trabajo en negro, accidentes laborales y reclamos salariales.
Qué hacer si la ART rechaza un accidente in itinere
Si la ART rechaza la cobertura, no conviene asumir que el caso terminó.
Lo más importante es:
- guardar la constancia del rechazo;
- conservar certificados, estudios y constancias médicas;
- documentar fecha, hora y lugar del hecho;
- reunir datos de testigos si los hubo;
- revisar qué recorrido estabas haciendo;
- conservar denuncias, mails o mensajes vinculados al siniestro.
Muchas veces el caso puede sostenerse mejor cuando el trayecto y las circunstancias del hecho están bien documentadas.
Qué documentación conviene guardar
Si tuviste un accidente in itinere, tratá de conservar:
- denuncia del accidente;
- certificado médico;
- estudios;
- constancias de atención;
- comunicaciones con la ART;
- constancia de horario laboral, si sirve para ubicar el hecho;
- datos de testigos;
- fotos, informes o registros del accidente, si existieran.
Cuanta más documentación tengas, más claro puede quedar el caso.
Qué pasa si te dieron el alta y seguís mal
Como en otros reclamos ART, puede pasar que la aseguradora reconozca el accidente, pero después cierre el tratamiento demasiado rápido o no valore bien las secuelas.
En esos casos, no alcanza con que la ART “haya intervenido”. También hay que revisar si:
- el alta fue correcta;
- el tratamiento fue suficiente;
- quedaron secuelas;
- y si la incapacidad fue bien evaluada.
Qué pasa si el accidente dejó secuelas
Si el accidente in itinere dejó secuelas, el caso no termina solo con la atención inicial. También puede haber que revisar:
- si corresponde una evaluación de incapacidad;
- si la ART reconoció correctamente el daño;
- y si el porcentaje otorgado refleja la situación real.
En esos casos, el análisis médico y la documentación pasan a ser especialmente importantes.
Calculadora ART para tener una referencia inicial
Si querés tener una referencia orientativa de cuánto podría corresponderte en un caso con secuelas o incapacidad, podés usar nuestra herramienta:
Calculadora ART: estimá tu indemnización por accidente laboral
El resultado no reemplaza la revisión profesional del caso, pero puede ayudarte a ordenar mejor tu consulta.
Errores comunes en estos casos
Algunos errores frecuentes son:
- no denunciar el accidente de inmediato;
- no guardar constancias del hecho;
- no conservar documentación médica;
- asumir que un rechazo de la ART es definitivo;
- no revisar si el trayecto encaja dentro de la cobertura legal;
- no consultar aunque el accidente haya dejado secuelas.
Evitar esos errores puede hacer una diferencia importante.
Preguntas frecuentes sobre accidente in itinere
Es el accidente ocurrido en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre que no se haya interrumpido o alterado el recorrido por causas ajenas al trabajo. Así lo define la Ley 24.557.
Sí, si el caso encaja dentro del trayecto protegido por la ley. La SRT aclara que tiene los mismos efectos legales que un accidente ocurrido en el lugar de trabajo.
Depende del caso. La cobertura puede discutirse si hubo una alteración del trayecto por causas ajenas al trabajo, pero no conviene dar por válido cualquier rechazo sin revisar las circunstancias concretas.
Guardá toda la documentación, la constancia del rechazo y revisá el caso antes de cerrarlo. Muchas veces la discusión pasa por cómo se acredita el trayecto y el contexto del accidente.
Sí. La cobertura no es solo para el ida, también puede alcanzar el trayecto de regreso entre el trabajo y el domicilio.
Conclusión
Un accidente in itinere puede estar cubierto por la ART, pero muchas veces el conflicto aparece cuando la aseguradora discute el trayecto, el horario o la forma en que ocurrió el hecho. Por eso, en estos casos, la documentación y la reconstrucción del recorrido son muy importantes.
Si te accidentaste yendo o volviendo del trabajo y la ART rechazó el caso o no respondió como debería, podemos revisar tu situación y orientarte sobre cómo reclamar.
¿Tuviste un accidente yendo o volviendo del trabajo?



